viernes, 20 de mayo de 2016

La corte suprema revocó sentencia que aplicaba prescripción en caso de homicidio registrado en Osorno en 1975



La Corte Suprema acogió recurso de casación y revocó la sentencia que acogió la excepción de previo y especial pronunciamiento y aplicó la figura de la prescripción penal en la investigación por el homicidio calificado de José Avelino Runca, ilícito perpetrado en septiembre de 1975, en Osorno.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Rodrigo Correa– acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia dictada el 17 de marzo de 2015, por la Corte de Apelaciones de Valdivia que confirmó la resolución del ministro Juan Ignacio Correa Rosado de aplicar la figura legal solicitada por la defensa del acusado Carlos Ramírez Aguilar.

Por lo tanto, concluye se revoca la sentencia apelada de diecisiete de marzo de dos mil quince, por la cual se acogió la excepción de previo y especial pronunciamiento deducida por la defensa del enjuiciado.

Por ser conducentes al esclarecimiento de los hechos, dispondrá la citación a la presencia judicial de los testigos Juan Vargas Bustamante, Pablo Arnaldo Barría Leal, José Gabriel Uribe Pérez y Juan Canquil Lemu o Jaime Canquil Lemus; dará orden de ubicar y citar a quienes se desempeñaban a la fecha de los sucesos en la Tenencia de San Pablo y en la Tercera Comisaría de Rahue, donde se habría informó lo sucedido con la víctima.

Citará a los dos funcionarios de Carabineros inculpados a fin de que precisen las circunstancias en que se dispuso el patrullaje que afirman haber efectuado por eventuales delitos de abigeato, con indicación de los denunciantes y los detenidos que por tales ilícitos habrían sido trasladados a la unidad policial en el camión conducido por Vargas Bustamante".