Diez años y un día cárcel fue la pena que dictó el Tribunal Oral en lo Penal luego que la Fiscalía acreditara que el acusado Juan Raúl Antriz Fuica agredió con intención homicida a Juana Rantul Solís, con quien se encontraba compartiendo en una plazoleta de calle Chorrillos.
Los hechos que fueron expuestos ante el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno ocurrieron en una plazoleta ubicada en calle Chorrillos, en la noche del 16 de noviembre de 2014.
Durante el juicio oral, la Fiscalía sostuvo que el acusado Antriz Fuica se encontraba bebiendo junto a la víctima y que en dicho contexto procedió a golpearla el menos dos veces en la cabeza con una botella, lo que fue corroborado a través de la prueba pericial y con la declaración de testigos.
A consecuencia de lo anterior, la mujer resultó con traumatismo cráneo encefálico complicado, que le ocasionó la muerte días después. En cuanto a la imputabilidad del acusado, la representante del Ministerio Público sostuvo que las pericias psiquiátricas descartaron cualquier causal de inimputabilidad y que así también se estableció a través de exámenes de distintos tipos, incluyendo un scanner, que entregaron resultados normales.
La resolución pronunciada por los jueces del Tribunal Oral este martes 16 de agosto, indica que atendida la extensión de la pena impuesta, no corresponde aplicar penas sustitutivas, por lo que la pena deberá cumplirse de forma real y efectiva.
Los hechos que fueron expuestos ante el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno ocurrieron en una plazoleta ubicada en calle Chorrillos, en la noche del 16 de noviembre de 2014.
Durante el juicio oral, la Fiscalía sostuvo que el acusado Antriz Fuica se encontraba bebiendo junto a la víctima y que en dicho contexto procedió a golpearla el menos dos veces en la cabeza con una botella, lo que fue corroborado a través de la prueba pericial y con la declaración de testigos.
A consecuencia de lo anterior, la mujer resultó con traumatismo cráneo encefálico complicado, que le ocasionó la muerte días después. En cuanto a la imputabilidad del acusado, la representante del Ministerio Público sostuvo que las pericias psiquiátricas descartaron cualquier causal de inimputabilidad y que así también se estableció a través de exámenes de distintos tipos, incluyendo un scanner, que entregaron resultados normales.
La resolución pronunciada por los jueces del Tribunal Oral este martes 16 de agosto, indica que atendida la extensión de la pena impuesta, no corresponde aplicar penas sustitutivas, por lo que la pena deberá cumplirse de forma real y efectiva.