En este marco se aplican medidas tales como la
prohibición, entre las 18 y las 24 horas, la emisión de humos visibles
provenientes de calefactores residenciales a leña, en el polígono 1:
Sur-ovejería.
Se prohibirá en la zona saturada, entre las 18 y 06
horas, el funcionamiento de calderas industriales y calderas de calefacción,
con una potencia térmica nominal mayor a 75 kWt, que presenten emisiones
mayores o iguales a 50 mg/ de material
particulado.
Se suspenden actividades físicas y deportivas al
aire libre.
